El Juzgado Noveno de Distrito en Materia Administrativa en Ciudad de México rechazó admitir a trámite el juicio de amparo que inició María Amparo Casar para que Petróleos Mexicanos (Pemex) le reintegre el pago de la pensión a la que tiene derecho (los faltantes y los que se generen) por viudez.
El juez Rodrigo de Peza López Figueroa declinó competencia para conocer la demanda de amparo y ordenó devolver el expediente a su homólogo a su homólogo Ricardo Guzmán Wolffer, Juez Sexto de Distrito en Materia de Trabajo, quien el pasado 9 de mayo también se declaró incompetente para conocer del asunto.
“Vista la demanda; fórmense los expedientes electrónico e impreso; y realícense las anotaciones correspondientes en el libro de gobierno y en el sistema integral de seguimiento de expedientes ahora, por lo expuesto, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 48, de la ley de amparo y 56, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, este juzgado Noveno de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México no acepta la competencia declinada; por lo que se ordena devolver los autos originales del juicio de amparo 1325/2024, en un tomo, al juzgado Sexto de Distrito en Materia de Trabajo en la Ciudad de México, solicitándole atentamente confirme la recepción de los presentes autos, e informe lo que resuelva al respecto”, señala el resolutivo del juez López Figueroa.
En caso de que al Juez Sexto de Distrito en Materia de Trabajo le turnen la demanda de garantías y decida no aceptarla, se originará un conflicto competencial que deberá resolver un Tribunal Colegiado en un plazo no mayor a ocho días.
La semana pasada el juzgado sexto de distrito en materia del trabajo ordenó a Petróleos Mexicanos reintegrar el pago de la pensión a que tiene derecho (los faltantes y los que se generen); a menos que exista ordenamiento firme jurisdiccional o administrativo, que cancelara la entrega del pago por viudez a la presidenta de la organización Mexicanos Contra la Corrupción y la Impunidad (MCCI), María Amparo Casar.
No obstante el juzgado en esa ocasión también se declaró legalmente incompetente por razón de materia para conocer de la demanda de amparo y por tanto ordenó remitir los autos originales del presente juicio a la oficina de correspondencia común de los juzgados de distrito en materia administrativa en la Ciudad de México, para que a su vez fuera turnado al juzgado correspondiente para su sustanciación.
Este conflicto no afecta el fallo del juzgado sexto de distrito en materia del trabajo, quien dio un plazo de 24 horas más a Pemex para que cumpla la suspensión de plano otorgada a la María Amparo Casar, medida cautelar que ordena reintegrar el pago de la pensión por viudez.
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