Detalla Alcalde la iniciativa de reforma a las pensiones 2024
Esta mañana, gran parte de la conferencia matutina se dedicó a explicar la reforma que impulsa el Gobierno para crear el Fondo de Pensiones para el Bienestar desde las anteriores reformas, el financiamiento y la campaña de desinformación que se ha generado alrededor de este tema.
Durante su participación, la titular de la Secretaría de Gobernación, Luisa María Alcalde, expuso durante la conferencia matutina la importancia de la reforma 2020 así como la que actualmente se discute en la Cámara de Diputados en torno al sistema de pensiones.
A manera de contexto, la secretaría de Gobernación recordó que las pensiones de 1973 a 1997 funcionaba como un sistema solidario en donde la pensión estaba en función del salario. Además, las pensiones bajo este modelo se encontraban a cargo del IMSS y ofrecía lo posibilidad de que los trabajadores se jubilaran a los 60 años y con 10 años de trabajo, es decir, con 500 semanas de cotización.
A continuación, Alcalde recordó que el 1° de noviembre de 1995, el entonces presidente Ernesto Zedillo Ponce de León presentó una iniciativa para reformar el sistema de pensiones, que fue aprobada con 289 votos a favor de integrantes del Partido Revolucionario Institucional (PRI) y 160 votos en contra de los demás partidos y entró en vigor a partir de 1997.
¿En qué consistió la reforma del 97?
La reforma de 1997 a los trabajadores afiliados al Instituto Mexicano del seguro Social, paso de ser un sistema solidario a cuentas individuales administradas por las Afores. Asimismo, incrementaron las semanas de cotización que anteriormente se requerían lo equivalente a 10 años de trabajo a 25 años, es decir 1250 semanas trabajadas y la pensión sería en función del ahorro y no del salario.
Más adelante, en 2007 entró en vigor una ley para los trabajadores del Estado que fue elaborada en 2004 con el financiamiento y asesoría del Banco Mundial, pero fue presentada hasta el gobierno de Felipe Calderón y que fue aprobada con 313 votos a favor de diputados del PAN, PRI y PVEM.
¿En qué consistió la reforma del 2007?
La titular de Gobernación dio a conocer que con esta reforma se introdujo el requisito edad para pensionarse a 65 años. Además, el sistema solidario pasó a cuentas individuales de Pensionissste y Afores y la pensión será en función del ahorro y no del salario.
Bajo estos contextos, en 2020 se presentó la primera iniciativa de reforma a la Ley del IMMS presentada por el presidente Andrés Manuel López Obrador del 29 de septiembre de 2020 que fue aprobada con 441 votos a favor, es decir que fue votada casi por unanimidad, excepto por el PRD que votó en contra.
¿En qué consistió la reforma 2020?
En primer lugar, se incrementó la portación patronal del 5 por ciento al 13 por ciento, disminuyeron las comisiones de las Afores estableciendo un tope promediado pro lo que se cobraba en Colombia, Chile y Estados Unidos.
En este mismo sentido, la Reforma de 2020 para los trabajadores afiliados al IMSS estableció una disminución de semanas de cotización para la jubilación: se redujo de 25 a 15 años, es decir, de 1250 semanas a 750 semanas.
La segunda reforma que se propone este 2024 para los trabajadores del Estado busca garantizar que los trabajadores que ganan hasta el salario promedio en el IMSS, se jubilen con el 100 por ciento de su salario mediante un complemento solidario.
En consecuencia, Alcalde informó que esta reforma va dirigida, en caso de los trabajadores del IMSS, a quienes empezaron a trabajar después de junio de 1997 y se pensionen a partir de la entrada en vigor de la ley. En el caso de los trabajadores de ISSSTE todos aquellos que se encuentran en el régimen de cuentas individuales y se pensionen a partir de la entrada en vigor de la ley.
Financiamiento al Fondo de Pensiones
El secretario de Trabajo y Previsión Social, Marath Bolaños, detalló, durante la conferencia matutina, cómo se propone financiar el Fondo de Pensiones para el Bienestar:
75% de los ingresos por incautaciones por medio del Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado, ingresos derivados de la extinción del Fondo Nacional para el Desarrollo Agropecuario, el 25 por ciento de las utilidades netas obtenidas de las entidades paraestatales sectorizadas en la Secretaría de Defensa Nacional y Marina: Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles, Aeropuerto Internacional de Tulum, Aeropuerto Internacional de Chetumal, Mexicana de Aviación, Tren Maya, etc. Así como los adeudas de entes públicos frente al SAT y los recursos de las cuentas no reclamadas e inactivas de las Afores.
Por otro lado, el titular de Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), Zoé Robledo, ofreció información para contrarrestar la campaña de desinformación entorno a este Fondo de pensiones para el Bienestar.
En primer lugar, Robledo aseguró que la Reforma del 2020 tenía dos objetivos: por un lado, se buscó fortalecer el principio de imprescriptibilidad sin resolución judicial, es decir, que los trabajadores pueden reclamar su pensión en el momento que deseen sin importar el tiempo que haya pasado.
Por otro lado, el titular del IMSS aclaró que los recursos de esas cuentas no reclamadas luego de 10 años pasarán a las Afores al IMSS y será el IMSS quien administrará un fondo para las reclamaciones posteriores a 10 años y otra parte se incorporará a la reserva financiera.
En este sentido, Robledo informó que hasta 2023 solamente se han transferido 946 millones de pesos de las Afores al IMSS, aunque lo que debían entregar es más de 34 mil millones pesos. Además, hubo un total de 347 solicitudes de devolución que se concretaron por 18 millones de pesos.
Por su parte el director de Infonavit, Carlos Martínez, informó que el Fondo de Pensiones para el Bienestar será un fideicomiso creado por la Secretaría de Hacienda en el Banco de México. Además, este Fondo será el responsable de administrar los recursos y contará con un Comité Técnico para su operación. Es decir, estarán plenamente garantizados los ahorros de los trabajadores.
De igual forma, aclaró que los recursos de este Fondo no serán parte del presupuesto y únicamente se podrán usar para el pago de pensiones o recursos de los trabajadores.
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