Culpa CIDH al Estado por desaparición de zapatista
La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) declaró el pasado 12 de diciembre al Estado mexicano “responsable” por la desaparición forzada de Antonio González Méndez, maya ch’ol integrante del Ejército Zapatista de Liberación Nacional (EZLN), quien fue visto por última vez en enero de 1999 en una zona donde actuaba el grupo paramilitar “Paz y Justicia” en el marco de una política de Estado “contrainsurgente” intensificada en 1994.
Tras el levantamiento zapatista del 1° de enero de 1994 durante el sexenio de Carlos Salinas de Gortari, la intensificación de la violencia por parte del Estado, mediante grupos paramilitares, se acrecentó en diversas zonas del estado de Chiapas. En ese sentido, la Corte determinó que la desaparición de González Méndez derivó de “una política estatal contrainsurgente, el Plan Campaña Chiapas de 1994”, estrategia por la cual operaban grupos con “apoyo, tolerancia y aquiescencia del Estado, con el objetivo de neutralizar fuerzas u organizaciones consideradas enemigas, como el EZLN”.
El Tribunal consideró que el Estado fue responsable también por la falta de una investigación “adecuada de los hechos y a la afectación a la integridad personal de los familiares”, por lo que estableció que las autoridades no cumplieron con las “obligaciones de investigar de manera diligente y en un plazo razonable los hechos ocurridos”, ni realizaron una búsqueda adecuada de Antonio González Méndez.
Por otro lado, la Corte indicó que la desaparición y negligencia del Estado en años posteriores afectó a los familiares del desaparecido al provocarles “angustias y sufrimientos”, entre quienes se encontraban tres niñas y un niño, a quienes se les vulneró “su integridad psíquica y moral, así como a sus proyectos de vida”.
La CIDH ordenó al Estado distintas medidas de reparación y continuar las investigaciones en curso sobre la desaparición, así como implementar un “programa permanente de formación sobre la debida investigación y juzgamiento de presuntos hechos de desaparición forzada de personas dirigido a agentes del estado de Chiapas” y la emisión de un “registro único y actualizado de personas desaparecidas”.
Determinó la Corte Interamericana que los causantes de la desaparición forzada de Antonio González Méndez, base de apoyo del EZLN, fue un grupo paramilitar en Sabanilla, Chiapas. Este tribunal estableció que el caso sucedió en el marco del contexto de violencia en el estado, que se intensificó a partir de 1994, con el alzamiento del EZLN.
En ese marco, “tuvieron actuación grupos paramilitares surgidos a partir de una política estatal contrainsurgente, el Plan Campaña Chiapas de 1994”, que operaban “con apoyo, tolerancia y aquiescencia del Estado, con el objetivo de neutralizar fuerzas u organizaciones consideradas enemigas, como el EZLN”.
González Méndez, indígena maya ch’ol, también era simpatizante del Partido de la Revolución Democrática (PRD). Fue visto por última vez cerca de una zona donde actuaba el grupo paramilitar “Paz y Justicia”, y hay señalamientos que indican que la última persona con la que tuvo contacto tenía vínculos con dicha agrupación.
En la notificación de la sentencia, que se realizó ayer en audiencia pública virtual, la Corte, además, aceptó el reconocimiento parcial de responsabilidad efectuado por el Estado, referido a la falta de una investigación adecuada de los hechos y a la afectación a la integridad personal de los familiares de González Méndez.
El Tribunal estableció que las autoridades internas no han cumplido sus obligaciones de investigar de manera diligente y en un plazo razonable los hechos ocurridos, ni han llevado a cabo una búsqueda adecuada del paradero de Antonio González Méndez.
También concluyó que lo ocurrido produjo angustias y sufrimientos a los familiares de la víctima, entre quienes se encontraban tres niñas y un niño, todo lo cual conllevó una afectación a su integridad psíquica y moral, así como a sus proyectos de vida.
Por todo lo anterior, la Corte ordenó al Estado distintas medidas de reparación como continuar las investigaciones en curso sobre la desaparición forzada, así como las acciones de búsqueda de González Méndez.
Igualmente, deberá implementar un programa permanente de formación sobre la debida investigación y juzgamiento de presuntos hechos de desaparición forzada de personas dirigido a agentes del estado de Chiapas, y crear, en caso de no haberlo hecho todavía, un registro único y actualizado de personas desaparecidas, que permita identificar casos de desapariciones forzadas.
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